De la Ciudad de la Justicia a las salas VIP de Barajas: así fue cómo el ‘G7’ de las constructoras manipuló miles de contratos públicos en 25 años
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado con más de 203,6 millones de euros a seis de las grandes constructoras de España por haber alterado los procesos competitivos de contratos públicos durante 25 años. Las empresas sancionadas son Acciona, Dragados (grupo ACS), FCC, Ferrovial, Obrascón Huarte Lain (OHL) y Sacyr, mientras que en el caso de Latania la CNMC decidió archivar las actuaciones contra ella porque entró en concurso de acreedores.
El organismo público dirigió su investigación sobre lo que denomina en su resolución el ‘G7’, un grupo formado en 1992 cuyos miembros han ido variando con el paso del tiempo. Los primeros componentes del grupo fueron seis constructoras, de las cuales tres ya no forman parte (Agromán, Auxini y Entrecanales y Távora).
Según la CNMC, el grupo celebraba reuniones con carácter semanal en las oficinas centrales de una de las empresas miembro y su misión perseguía dos tipos de prácticas:
- Compartir, a espaldas de las entidades licitantes, algunas partes de las ofertas técnicas que serían presentadas a los contratos públicos.
- Compartir información comercialmente sensible respecto a la presentación de cada empresa a esas licitaciones y el modo en que esta se produciría.
La resolución del organismo aclara que de esta forma, los integrantes del grupo reducían costes y la incertidumbre en los procesos de contratación pública, además de ganar “una ventaja competitiva” que el resto de competidores no tenía.
Hospitales, autovías, líneas de alta velocidad…
La actividad del grupo repercutió en miles de contratos públicos. Entre los más importantes destacan tres obras relacionadas con la Ciudad de la Justicia de Madrid, donde el presupuesto total de licitación llegó a superar los 200 millones de euros. En el segundo anexo adjunto en la resolución se indica que tanto Acciona como Dragados (grupo ACS), FCC y Sacyr participaron en las obras de la fase 2 del Campus de la Justicia de Madrid.
Entre las obras que también muestra la resolución hay hospitales, autovías, líneas de alta velocidad como la de Madrid-Extremadura e incluso trabajos en aeropuertos como el de Barajas, donde, entre varias obras, figura la remodelación y adecuación de cinco salas VIP. Las obras públicas en las que participaron las constructoras se reparten por toda la península: desde trabajos en el puerto de Algeciras hasta un hospital oncológico en Murcia.
La resolución de la CNMC señala que el número total de contratos públicos afectados (en los que se compartieron trabajos en el grupo de las constructoras) varía según la información de cada empresa. Según datos de Acciona, para el periodo 2008-2016 hubo un total de 3.250 licitaciones; mientras que según las cifras de Dragados, para el periodo 2012-2016 fueron en conjunto 1.196 licitaciones. Por su parte, FCC sostiene que, entre 2008 y 2015, hubo 2.956 licitaciones.
La investigación acredita que las constructoras alteraban la competencia en “casi la mitad de las licitaciones de más de 10 millones de euros”. La CNMC añade que también el grupo de las constructoras había afectado a contratos públicos cuyo presupuesto total alcanza valores de miles de millones de euros. El organismo que supervisa el mercado plantea que el volumen de negocio del G7 era de un total de 138.793.941.515 euros, por lo que el organismo entiende que la actividad de estas empresas afectaba sin lugar a dudas a la competencia.
“Las siete constructoras más importantes”
Durante la investigación, el organismo que vigila la competencia tuvo acceso a determinados emails que corroboran la participación de estas empresas en el denominado grupo. Destaca un correo electrónico interno de FCC del 10 de abril de 2017 en el que se indica que el grupo está formado por “las siete empresas constructoras más importantes”.
- Extracto del correo: “No te puedo precisar desde cuándo, pero hace más de 10 años que parte de los trabajos que se externalizan se realizan en grupo. Es decir, las siete empresas constructoras más importantes encargan algunos de los trabajos anteriores a un mismo consultor y comparten el gasto que implica”.
Tal y como señala el correo, para compartir los trabajos que formarían las ofertas, el G7 “encargaba conjuntamente” a un consultor externo la elaboración de varios de los aspectos que debían contener las propuestas técnicas para cada licitación correspondiente. Después, el informe era compartido por las empresas miembro y todas ellas lo presentaban como propio en la licitación por la que competían.
“Empiezo ‘fuerte’… Ferrovial estaría interesada en el ‘obrón’ del 4 de septiembre”
En otros de los correos analizados, la CNMC señala cómo queda patente la importancia que le daba el grupo al compartir trabajos. Aunque no todas las compañías tenían que sumarse a cada encargo común.
- Extracto del correo de Ferrovial: “Empiezo ‘fuerte’………………….(la primera en la ‘frente’) Para el ‘obrón’ de referencia que se licita el 4 de Septiembre, Ferrovial Agromán estaría interesada en poner en marcha la REVISIÓN DEL PROYECTO requerida por el PCAP y valorada con 6 puntos. Si es posible, por favor, preguntar a vuestras delegaciones para saber interés en la reunión. Saludos” (sic).
Reuniones semanales para intercambiar información
Según plasma la CNMC, la investigación corrobora que en las reuniones semanales que mantenían las constructoras se intercambiaba información sobre la intención de las empresas de presentarse o no a diversas licitaciones.
Aclaran que este conocimiento permitía a las empresas “condicionar sus ofertas al ser cada una consciente del nivel de competencia que iba a existir en la licitación entre los miembros del grupo”.
En su defensa, las empresas alegaron ante la CNMC que estos intercambios de información “no estarían dirigidos a facilitar una coordinación anticompetitiva”, sino que bien serían instrumentales al acuerdo de compartición de trabajos. El organismo recalca que los hechos probados “acreditan que en las reuniones semanales se intercambiaba información que excede de la finalidad de compartir trabajos”.
Fuentes
Resolución CNMC | Existencia de práctica prohibida - Multa - 101 TFUE - art. 1 Ley 15/07